Antonio TENORIO ADAME
Enero 29 de 2024… En la agenda presidencial quedó registrado el compromiso de legislar en el artículo 4o de la Constitución para que las comunidades de los pueblos originarios reciban un “trato especial”.
Antes de otorgar privilegios, se trata de un acto histórico de justicia social a favor de restituir el despojo provocado por la conquista sobre los primeros pobladores indígenas.
Los Derechos de la minoría.
La Constitución mexicana se torna emblemática en el presente año que se inicia, en virtud de:
1.Conmemorar el Bicentenario de la primera Constitución Federal promulgada el 4 de octubre 1824, cuyo proceso de elaboración tomó cuerpo de compromiso con la aprobación de la Acta Constitutiva de la Federación Mexicana el 31 de enero de 1824.
2.A la vez que este 5 de febrero se celebra el 107 Aniversario de la Constitución promulgada en Querétaro, con la salvedad de anotar la ausencia del Ejecutivo en la ceremonia oficial en el Teatro de la República.
3.El Presidente estará presente en el recinto legislativo alterno, donde se discutió, aprobó y promulgó la Constitución de 1857, donde refrendará su compromiso de enviar al Congreso ocho iniciativas de gran trascendencia para atenuar una parte los cambios regresivos del neoliberalismo y, por otra, la de fortalecer a la base social agraria comunitaria, cuyos derechos se marginaron desde que se les otorgó la posesión de la tenencia de la tierra en su modalidad comunitaria.
4.Para entender la labor de conciliación que representa cada constitución formulada en busca de una Nación que acoja a todos los ciudadanos con igualdad debe explicarse el laberinto de la historia recorrida en busca de la defensa de la soberanía nacional.
5.Por tanto, es bien sabido que la Nación es una entidad imaginada que se configuró después de la Guerra de 30 Años en 1548 -donde se reconocieron las fronteras y el derecho internacional con el que Europa comenzaba a configurar su rostro político al constituirse una nueva forma de organización política.
En el viejo continente, la formación de estados fue proceso que registró su aceleración con el impulso de la reforma calvinista, cuyo efecto contribuyó al desmoronamiento del poder eclesiástico del Vaticano y la emersión de las nuevas entidades políticas con base a la legitimación del poder civil,dando lugar a la democracia.
En tanto el nacimiento de las naciones en América se vio frenado en la masa continental del dominio luso español, mientras en la parte boreal la revolución de las colonias británicas surgió con la vía de la revolución de 1776, dando frutos con la promulgación del Convención Constitucional de Filadelfia el 17 de septiembre de1787.
Por su parte los Congresos de Iberoamérica darían su primer lustre constitucional de dos a tres décadas después.
Las ex colonias de las monarquías ibérica se vieron sujetas a una disputa por los intereses europeos a los que se sumó el naciente poder norteamericano con la declaratoria de la Doctrina Monroe, por tal motivo se dieron en distintas etapas de su desarrollo nuevas versiones constitucionales.
La Nueva España al desprenderse de la menarquia castellana, a través de los Tratados de Córdoba, 24 agosto de 1821, abrió el camino para que Agustín de Iturbide se promoviera para ocupar el lugar que dio como resultado la creación de Primer Imperio en el que Iturbide fue coronado sin que los objetivos del Congreso con el que compartía las funciones de la representación nacional alcanzara a formular la Constitución, sin que se dieran bases de legitimidad a su gobierno.
El Plan de Casa Mata puso fin al efímero Imperio y llevo al destierro al emperador, se abrió así la posibilidad de que un Plan fuera reconocido por el Segundo Congreso, que se adjudicó para si la creación del Plan de Congreso, donde como primer paso se asignó la tarea de redactar el Acta Constitutiva de la Federación, recayendo la responsabilidad en el diputado Miguel Ramos Arizpe; su experiencia de diputado a las Cortes de Cádiz en 1810 alcanzada en la Presidencia de la Comisión de Congresos provinciales volvió a relucir.
Discurso de la Mayoría.
Él Acta Constitutiva de la Federación, aprobada el 31 de enero de 1824, fue el documento básico con el cual se aseguró el acuerdo de principios para definir a la nación como población sobre territorio y proclamar con clara disposición a ejercer su soberanía. Dicho compromiso no significó un acuerdo previó a la instalación del Congreso, sino el compromiso de su discusión para discutir sus conveniencias y riesgos a fin de alcanzar un el interés de la nación.
Por las ventajas del Federalismo como forma de Gobierno se llegó a su aprobación por la diversidad y la composición de las 19 provincias que componían el nuevo estado que prefirió mantener el Federalismo, como ocurrió de manera semejante en Brasil donde la Casa de Burganza mantuvo la relación con la formación del nuevo Estado Federal determinado por su gran tamaño y diversidad en sus unidades territoriales que lo integraban.
El empeño realizado por los constituyentes tuvo de cualquier forma el mérito de haber trabajado ya sobre una línea política e ideológica definida y claramente progresista.
En esta ocasión fue cuando se dio el primer gran enfrentamiento entre las tendencias federalistas y centralistas, en el que triunfaron los primeros, más no sólo por el motivo, como quieren sus detractores, de imitar la Constitución norteamericana, sino por la actitud de rebeldía que observaron algunas provincias como Jalisco, Yucatán y Chiapas, entre otras, en contra del Gobierno central. Precisa señalar que, al representar el Federalismo la actitud política e ideológica contraria a la colonia y al imperio de Iturbide, la mayoría de los mexicanos se dio a la tarea de expresar su rechazo a las formas de Gobierno absolutistas y despóticas, significándose el régimen federal, por el contrario, como la aspiración popular hacia la verdadera autonomía, libertad y democracia.
Dictamen Constitucional.
El triunfo federalista es en todo caso lo que puede tomarse como una ventaja política del país ganada en el seno del constituyente de 1824, el cual es más un símbolo que una victoria de naturaleza práctica, una suma de anhelos de cambios con su trasunto de progreso a plazo distante, que un éxito político de aplicación inmediata.