Etiqueta: Congreso de Michoacán

  • Aprueba Congreso del Estado diversas reformas al Código Fiscal del estado de Michoacán

    Aprueba Congreso del Estado diversas reformas al Código Fiscal del estado de Michoacán

    Redacción

    Morelia, Mich, 15 de diciembre del 2024.- Con 34 votos a favor, la 76 Legislatura del Congreso del Estado, aprobó diversas reformas al Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo, a fin de garantizar el orden socioeconómico del Estado, de las y los Michoacanos.

    De la misma forma, estas reformas van encaminadas a fortalecer la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica, como unidad administrativa competente para conocer sobre detección, prevención y combate de las operaciones con recursos de procedencia ilícita en el Estado, previéndola de información no solo de índole patrimonial, económica y administrativa, sino además, a través de la autoridad fiscal que en ejercicio de sus facultades de comprobación que le confieren las leyes, coadyuvaría de manera directa y eficaz en la detección temprana del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

    En ese sentido, otra de las modificaciones que se le realizó al Código Fiscal es considerar a la Subsecretaría de Finanzas como autoridad fiscal, toda vez que el año pasado se hicieron modificaciones Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, en donde se dotó de más facultades y responsabilidades a la Subsecretaría de Finanzas.

    Con esta aprobación, el Congreso del Estado, genera mayor certeza en los procesos financieros así como de los diferentes temas de fiscalización en Michoacán.

  • 76 Legislatura da certeza jurídica a municipios en materia de participaciones e Incentivos

    76 Legislatura da certeza jurídica a municipios en materia de participaciones e Incentivos

    Redacción

    Morelia, Mich, 15 de diciembre de 2024.- Por unanimidad, las y los diputados integrantes de la 76 Legislatura aprobaron reformar los artículos 13, 14, 15, y 16 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Michoacán, a fin de dar eficiencia, eficacia y certeza jurídica en materia fiscal a los municipios de la entidad.

    En sesión extraordinaria, el Congreso de Michoacán en Pleno, respaldó el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Deuda Pública, y la de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con la propuesta presentada, en su momento, por el titular del Poder Ejecutivo del Estado.
    En este sentido, se adiciona el Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico, a las liquidaciones y pago de participaciones, los cuales proporciona la Secretaría de Finanzas y Administración, ya que se recaudan directamente por ésta.

    Asimismo, se adecua la norma a la realidad y necesidades de la sociedad así como al avance tecnológico, esto al establecer que las transferencias de participaciones y aportaciones que realiza la Secretaría de Finanzas y Administración, se realizarán a través de transferencias electrónicas a las comunidades originarias con presupuesto directo, con la responsabilidad para el ayuntamiento de emitir el Comprobante Fiscal Digitalizado por Internet (CFDI), haciendo uso obligatorio del Sistema de Participaciones y Aportaciones.

    De igual forma, con la reforma se faculta a la Secretaria de Finanzas y Administración para establecer los términos, requerimientos y lineamientos que emita y dé a conocer para la apertura de las cuentas bancarias para la radicación de las Participaciones y Aportaciones, lo que abona a que las transferencias de los recursos públicos puedan ser fiscalizables y comprobables.

    Finalmente, se le autorizó a dicha Secretaria para que pueda afectar las participaciones federales que les correspondan a los municipios cuando tengan una obligación con el Gobierno del Estado.

  • Aprueba 76 Legislatura reformas al SATMICH para garantizar mayor coordinación con la SFA

    Aprueba 76 Legislatura reformas al SATMICH para garantizar mayor coordinación con la SFA

    Redacción

    Morelia, Mich, 15 de diciembre de 2024.- En Sesión Extraordinaria de la 76 Legislatura del Congreso del Estado, las y los diputados aprobaron con 30 votos a favor, diversas reformas a los artículos: 15; 17; 18; 20; 21; 22 y 26; y, se adicionan fracciones al artículo 15, todos de la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Michoacán de Ocampo.

    Estas reformas van encaminadas a precisar y garantizar el debido funcionamiento y coordinación de la Secretaría de Administración Tributaria con la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Michoacán, toda vez que este cuerpo normativo es de reciente expedición, por lo que es necesario e indispensable dichas modificaciones al cuerpo normativo para permitir la operatividad de ambas dependencias.

    Es importante mencionar que la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Michoacán de Ocampo, tiene como objeto regular la competencia, facultades, atribuciones, operación y funcionamiento del SATMICH; órgano desconcentrado de la Secretaría de Finanzas y Administración.

    El SATMICH tiene carácter de autoridad fiscal estatal, que realiza la actividad tributaria estratégica, a cargo de la Secretaría de Finanzas y Administración, consistente en la determinación, liquidación y recaudación de las contribuciones y sus accesorios, de carácter estatal, federal y municipal sujetos a la coordinación fiscal, para el financiamiento del gasto público; aplicando en forma correcta, equitativa y oportuna la legislación fiscal, promoviendo así, la eficiencia en la administración tributaria y el cumplimiento voluntario, por parte del contribuyente, de las obligaciones derivadas de la legislación aplicable.

  • Queda prohibido constitucionalmente toda discriminación por preferencia sexual: 76 Legislatura

    Queda prohibido constitucionalmente toda discriminación por preferencia sexual: 76 Legislatura

    Redacción

    Morelia, Mich, 14 de diciembre de 2024.- Ahora, en Michoacán queda prohibido toda discriminación motivada por la orientación sexual, la identidad y la expresión de género, esto, luego que el Congreso local aprobó reformar el artículo 1° de la Constitución Política del Estado.

    Mediante el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Igualdad Sustantiva y Género, el Pleno de la 76 Legislatura reivindicó la igualdad sustantiva entre las personas, al prohibir constitucionalmente toda discriminación por orientación sexual.

    Con tal disposición, se orienta a que las autoridades establezcan políticas públicas y adopten medidas necesarias para la atención y erradicación de conductas y actitudes de exclusión o discriminación por orientación sexual, preferencia sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.

    Una vez que fue avalado por las diputadas y los diputados locales, se notificará a los Ayuntamientos del Estado y al Concejo Mayor de Cherán, para su conocimiento y aprobación para los efectos constitucionales correspondientes.

    Cabe destacar que el Congreso del Estado tendrá un plazo de ciento ochenta días, contado a partir de su entrada en vigor, para armonizar la normatividad conforme a lo establecido en el Decreto.

  • Reforma 76 Legislatura la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado

    Reforma 76 Legislatura la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado

    Redacción

    Morelia, Mich, 14 de diciembre de 2024.- La Septuagésima Sexta Legislatura decidió reformar el artículo noveno transitorio de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado, para ampliar la operatividad de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje a fin garantizar la justicia laboral a miles de michoacanas y michoacanas, cuyos asuntos aún continúan en trámite ante la misma.

    Una vez que, dicho artículo especificaba que los asuntos que se encuentran en trámite ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, serán concluidos en un plazo no mayor a tres años contados a partir del 03 tres de octubre del año de 2022, lo que generaba incertidumbre para la dotación de recursos administrativos para el ejercicio del año 2025 y un atraso en los tramites laborales.

    Por ello, las y los diputados precisaron con la reforma, que tales asuntos serán concluidos por la Junta de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su inicio, debiendo generar la calendarización correspondiente a efecto de dar conclusión a los asuntos en trámite y la ejecución eficaz de los laudos.

    Asimismo, se instruyó a la Secretaria de Administración y Finanzas del Gobierno a establecer en los subsecuentes proyectos de egresos los recursos suficientes para que continúe en operación la Junta Local de Conciliación y arbitraje, hasta el día treinta y uno del mes de octubre del año de 2027.

    Con la reforma de reciente aprobación, la Junta Local tendrá presupuesto para su labor y operatividad, para dar trámite a más de 15 mil asuntos pendientes, solventando los laudos pendientes en beneficio de las y los trabajadores michoacanos y sus familias.

  • Instancias Municipales de la Mujer, tendrán presupuesto propio: 76 Legislatura

    Instancias Municipales de la Mujer, tendrán presupuesto propio: 76 Legislatura

    Redacción

    Morelia, Mich, 14 de diciembre de 2024.- Con el objetivo de garantizar que todos los Ayuntamientos del Estado tengan como Órgano de Administración a las Instancias Municipales para la Atención y Prevención de la Violencia en Razón de Género, la 75 Legislatura aprobó reformar la Ley Orgánica Municipal de Michoacán.

    A propuesta de las diputadas Melba Albavera Padilla, Fabiola Alanís Sámano y Brissa Arroyo Martínez, presidenta e integrantes de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, el Pleno del Poder Legislativo reformó el artículo 40, y adicionó el artículo 132 Bis, a la ley en mención, para que los ayuntamientos verdaderamente creen e integren modelos de atención y sensibilización que contribuyan en el pleno desarrollo de las mujeres en la sociedad.

    Es así que, se estableció crear como Unidad programática Presupuestal, la Dirección Municipal de Atención a la Mujer, o su secretaria u instituto municipal, equivalente, cuya titular será mujer y tendrá al menos el rango de directora general municipal y un salario equiparable a su cargo que no podrá ser menor al de otros cargos análogos.

    La cual, tendrá los recursos presupuestales asignados, que le garanticen la suficiencia presupuestaria suficiente para la contratación de los recursos humanos necesarios, en especial del personal jurídico, de trabajo social, psicológico y tanatológico.

    Las y los Servidores públicos municipales, que atiendan funciones en la dirección o dependencia municipal homóloga de atención a la mujer, participarán en el servicio civil de carrera, a efectos de garantizar la atención y el seguimiento institucional de la atención a las mujeres, cumpliendo algunos requisitos como: ser mexicana o mexicano por nacimiento, mayor de edad; contar con Certificado de estudios, título o cédula profesional que avale su profesión o carrera técnica; entre otros.

    Finalmente, los municipios del Estado, deberán en su presupuesto de egresos del ejercicio fiscal del año próximo incluir los recursos necesarios para el cumplimiento de tales disposiciones; y, deberán adecuar su reglamentación municipal, en la materia, en un máximo de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto aprobado por la Septuagésima Sexta Legislatura.

  • Aprueba 76 Legislatura reformas constitucionales en materia de transparencia y acceso a la información pública

    Aprueba 76 Legislatura reformas constitucionales en materia de transparencia y acceso a la información pública

    Redacción

    Morelia, Mich, 13 de diciembre de 2024.- Con la finalidad de garantizar la responsabilidad de las autoridades en el tema de acceso a la información pública, protección de datos personales y transparencia, la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó reformar diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Michoacán.

    En este sentido, las y los legisladores consideraron derogar el artículo 97 de la Constitución Política del Estado, en el que se establecía la creación de un organismo que se encargaba de la aplicación de los principios de acceso a la información y protección de datos personales, denominado Instituto Michoacano de Acceso a la Información pública (IMAIP).

    “Lo que resultaba innecesario pues el mismo duplicaba funciones que correspondían a otras dependencias, el IMAIP es un intermediario entre los ciudadanos y los órganos del estado, un intermediario que no justifica su existencia, porque siempre será más factible el contacto y el tramite directo sin intermediarios entre las partes”, señala el dictamen.

    Cabe destacar, que los recursos materiales, los registros, padrones, plataformas y sistemas electrónicos; así como, los trabajadores de base y sindicalizados, con una antigüedad mayor a un año, del IMAIP pasarán a formar parte de la dependencia de Control interno y de Transparencia, acceso a la Información pública y protección de datos personales del Poder Ejecutivo; los derechos laborales de las personas servidoras públicas serán respetados en su totalidad, en términos de la legislación aplicable.

    Asimismo, se estableció que el Tribunal de Disciplina Judicial, será el responsable de garantizar el derecho de acceso a la información pública, el ejercicio de este derecho se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad, atendiendo la materia de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales de conformidad con la legislación vigente.

    En el caso del Instituto Electoral de Michoacán tendrá competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales a cargo de los partidos políticos; también conocerá de los recursos de revisión que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los partidos políticos en los términos que establezca la ley.

    De acuerdo al Decreto aprobado en sesión extraordinaria, los entes públicos estatales y municipales tendrán órganos internos de control y transparencia, acceso a la Información pública y protección de datos personales, facultados para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; sancionar aquellas distintas a las que son competencia del TJA; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos estatales y, en su caso, municipales; entre otros.

  • 89 Leyes de Ingresos Municipales ya han sido aprobadas para el Ejercicio Fiscal 2025

    89 Leyes de Ingresos Municipales ya han sido aprobadas para el Ejercicio Fiscal 2025

    Redacción

    Morelia, Mich, 13 de diciembre del 2024.- El Pleno del Congreso del Estado ha aprobado 89 Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2025 hasta el momento, luego de que en la Sesión Extraordinaria que se llevó a cabo esté viernes se aprobaron nueve más.

    De esta forma, las y los legisladores michoacanos aprobaron este día nueve Leyes de Ingresos Municipales más para el Ejercicio Fiscal 2025 correspondientes a los municipios de: Angamacutiro, Apatzingán, Briseñas, Chavinda, Numarán, Purépero, Puruándiro, Quiroga y Tarímbaro.

    Las propuestas de estas nueve Leyes de Ingresos Municipales fueron presentadas ante el Pleno del Congreso del Estado por las Comisiones Unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Deuda Pública.

    Los diputados integrantes de las Comisiones Unidas coincidieron en que se le debe de dar certeza jurídica a las y los ayuntamientos michoacanos a fin de que tengan posibilidades de solventar las necesidades propias de sus municipios y de sus gobernados.

    Es importante mencionar que los integrantes de ambas comisiones recibieron dichas leyes por parte de cada uno de los municipios michoacanos, por lo que ellos analizaron y realizaron las adecuaciones que consideraron necesarias para el buen manejo del recurso público.

    En estas Leyes de Ingresos Municipales se integraron las cuotas y tarifas, así como conceptos de ingreso que la Hacienda Pública Municipal tendrá derecho a percibir, además de proporcionar certidumbre al contribuyente en cuanto a las contribuciones y permite a la autoridad fiscal municipal, ampliar la base de contribuyentes, garantizando en todo momento el cumplimiento de los principios de generalidad, obligatoriedad, equidad y proporcionalidad que consagra la Carta Magna.

  • Sin tregua en el trabajo legislativo para garantizar la igualdad sustantiva: Brissa Arroyo

    Sin tregua en el trabajo legislativo para garantizar la igualdad sustantiva: Brissa Arroyo

    Redacción

    Morelia, Mich, 13 de Diciembre de 2024.- La diputada local Brissa Arroyo, subrayó que en el Poder Legislativo no habrá tregua ni descanso para garantizar los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes, “mi compromiso es hacer que cada historia de una mujer tenga eco”, dijo.

    Así lo expresó en el marco de la entrega del Programa de trabajo de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género de la 76 Legislatura, ante la Mesa Directiva del Congreso Local, que se realizó conjuntamente con las diputadas Melba Edeyanira Albavera, presidenta de la Comisión y Fabiola Alanís Sámano, integrante.

    La Congresista, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD), refirió que por convicción y por su formación progresista la agenda de las mujeres es una prioridad, “convencida estoy que cuando avanza una avanzamos todas, y cuando tocan a una respondemos todas”, dijo.

    En ese sentido, explicó que en esta agenda de trabajo se desarrollarán propuestas de reforma, adiciones o derogaciones a la legislación michoacana que permitan un verdadero estado de derecho para las mujeres.

    Uno de los puntos que se destacan en esta agenda es crear en la legislación, de forma coordinada con el Poder Ejecutivo, un Sistema Estatal de Cuidados, para reconocer y establecer derechos para las mujeres que, de manera gratuita o a través de remuneración , prestan servicio a personas mayores, menores o con alguna discapacidad.

    Además, introducir en la legislación la paridad de género en la elección de los poderes ejecutivos, del estado y ayuntamientos, así como en las áreas de primer nivel de los tres poderes.

    Se abordan temas como : trabajo y salario digno, inclusión y no discriminación, derechos de las comunidades y diversidad sexual, derechos sexuales reproductivos. El Segundo parlamento de mujeres, Condecoración a la mujer michoacana.

    Por lo anterior, la diputada Brissa Arroyo, refrendó la voluntad de legislar para seguir avanzando a una sociedad igualitaria, con las mismas oportunidades para todas y todos.

  • Aprueba 76 Legislatura reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de Michoacán

    Aprueba 76 Legislatura reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de Michoacán

    Redacción

    Morelia, Mich, 13 de diciembre de 2024.- Las y los diputados integrantes de la 76 Legislatura aprobaron reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial de Michoacán, a fin de modificar la distritación judicial de primera instancia y establecer las regiones judiciales en que se incorporarán las Salas Civiles Regionales Colegiadas del Supremo Tribunal del Estado.

    En sesión extraordinaria, los y las legisladoras locales reformaron el artículo 36 y adicionaron el 36 Bis a la Ley en mención, modificaciones necesarias para contemplar a las Salas Regionales Colegiadas en Materia Civil, su integración, su funcionamiento y su competencia ya que los magistrados integrantes de dichas salas serán parte integrante del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

    Lo anterior, de acuerdo a la reforma constitucional en materia del Poder Judicial, aprobada el pasado mes de noviembre por el Congreso local, en la cual se modificó el esquema de las Salas Civiles, pasaron de ser unitarias a colegiadas y especializadas por regionalización.

    En este sentido, se agregan los municipios de Carácuaro y Nocupétaro al Distrito Judicial de Huetamo, anteriormente asignados a Tacámbaro; lo que, facilitará el acceso a la justicia a las personas usuarias a la región que le corresponde a este distrito, así como garantizar su derecho al voto, al optimizar el proceso electoral que va de la mano con el diseño orgánico del Poder Judicial.

    Las Salas Civiles Colegiadas del Supremo Tribunal de Justicia del Poder Judicial se distribuirán en siete regiones judiciales: 1. Apatzingán, que se integrará con los distritos judiciales de Apatzingán, Ario y Coalcomán; 2. Lázaro Cárdenas, integrada con los distritos judiciales de Arteaga, Coahuayana y Lázaro Cárdenas; 3. Morelia, que se conforma con los distritos judiciales de Morelia, Pátzcuaro y Zinapécuaro.

    Así como, la región de Uruapan, conformada por los distritos judiciales de Los Reyes, Tacámbaro y Uruapan; 5. La Piedad, integrada por los distritos judiciales de Jiquilpan, La Piedad, Puruándiro, Tanhuato y Sahuayo; 6. Zamora, constituida con los distritos judiciales de Zacapu y Zamora; y, 7. Zitácuaro, que abarca los distritos judiciales de Hidalgo, Huetamo, Maravatío y Zitácuaro; cada región judicial funcionará con una sala civil colegiada, con excepción de la región Morelia que funcionará con dos.

    Finalmente, el Pleno del Poder Legislativo concluyó que la adecuación legal no contradice los principios y postulados contenidos en la reforma constitucional en materia del Poder Judicial ni las leyes electorales en la materia, al contrario, se crea un marco normativo que dota de certeza y seguridad jurídica a las personas que aspiren a un cargo de elección para fungir como magistradas o magistrados de las salas civiles regionales.